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vida colectivos

Esta póliza ofrece protección a los empleados de empresas por muerte natural y se pueden contratar las siguientes coberturas adicionales:

  • Muerte Accidental y Desmembramiento.
  • Pago anticipado del capital por Incapacidad Total y Permanente.
  • Últimos Gastos.
  • Enfermedades Catastróficas.

Vida para Préstamos (Desgravamen Colectivo)

Es un seguro colectivo de vida que cubre al acreedor ante la pérdida de la vida de sus deudores, garantizando el pago de la deuda y/o capital pendiente en cada financiamiento de préstamo (Personales, Consumo, Hipotecario, etc.) en caso de que el asegurado fallezca dentro del período del financiamiento.

Se ofrece a todas las entidades financieras, tales como Financieras, Asociaciones de Ahorros y Préstamos e Instituciones Bancarias acreditadas en el país.  Existen dos modalidades de pago: Prima Mensual y Prima única (por el período completo del préstamo).

En caso de una reclamación en Vida Individual y Colectivo, los siguientes documentos:

  • Solicitud Reclamación (llenada por beneficiarios y/o empresa contratante).
  • Certificado de Defunción que otorga la Junta Central Electoral en Original.
  • Acta de Matrimonio cuando uno de los beneficiarios sea la esposa (o), o en caso de herederos legales y esté casado(a).
  • Copia de la cédula de identidad personal del fenecido y de cada beneficiario, o copia de la partida de nacimiento, si el beneficiario es menor de edad.
  • Acta de Notoriedad (Descripción de Beneficiarios), en el caso donde no exista descripción de beneficiarios.
  • Si es colectivo, carta enviada por el patrono, notificando la muerte del empleado asegurado.

NOTA: Si la muerte es accidental, además de lo citado anteriormente, debe incluir acta policial.